SANTO DOMINGO.-La primera Constitución de la República Dominicana arribó este viernes a sus 171 años de su proclamación.
Y de esa fecha hasta hoy la Carta Magna a tenido 39 reformas, y como dato curioso, de esa cantidad, 33 veces han sido para planes político de reelección presidencial.
Se recuerda que la primera Constitución dominicana fue promulgada el 6 de noviembre de 1844, en la provincia San Cristóbal, mediante la gaceta oficial no. 10561.2
Y la vigente Constitución de la República Dominicana fue proclamada el 13 de junio de 2015 en Santo Domingo.
Esta Constitución usa una técnica legislativa más depurada que sus versiones anteriores.
Está estructurada en 15 títulos, precedidos de un preámbulo. Sus subdivisiones son los capítulos, secciones hasta el detalle de los 277 artículos y 20 disposiciones. Cada artículo tiene su propia denominación o epígrafe.
No obstante, su efectividad, si se toma como indicador el desarrollo institucional, no dista mucho del régimen constitucional impuesto por Pedro Santana, en la primera Constitución del 6 de noviembre de 1844.
Entre los detalles de la Constitución, esta que tiene un orden temático mejor elaborado. El título I se refiere al Estado, gobierno y los principios generales.
El Título II se refiere a los derechos, garantías y deberes fundamentales. Los derechos están mejor catalogados y más compatibles con el derecho internacional.
Los títulos III, IV, V y VI se refieren a los poderes del Estado.
El VI confirma al Consejo Nacional de la Magistratura y le asigna las nuevas facultades de los nombramientos del Tribunal Constitucional (Título VII) y Tribunal Superior Electoral (Título X).
El VIII da rango constitucional al Defensor del Pueblo. El IX se refiere a los territorios locales y gobiernos municipales.
El XI se refiere al régimen económico y financiero y a la Cámara de Cuentas, cuyas ternas ahora son formuladas por la Cámara de Diputados.
El XII se refiere a seguridad y defensa. XIII detalla los estados de excepción. El XIV trata sobre las reformas constitucionales. Por último, el XV detalla las disposiciones tránsito [[5 ]]
Novedades en la Constitución dominicana de 2010
Las novedades de mayor impacto tras la reforma constitucional fueron: Reestructuración del Consejo Nacional de la Magistratura (CNM)
La incorporación del nuevo Tribunal Constitucional (TC) y el Tribunal Superior Electoral (TSE), como entidades independientes de la Suprema Corte de Justicia (SCJ)
Restructuración casi completa de la SCJ, sin jurisdicción de materia constitucional o electoral.
Fundamentos y principios fundamentales de la Constitución dominicana.
El mayor reto de la Constitución dominicana consiste en que sus fundamentos y principios permanecen inoperantes, principalmente aquel que refiere su artículo 4º, sobre la independencia de poderes del Estado durante el ejercicio de la función pública.
El Estado dominicano carece de independencia judicial, por lo menos en sus organismos superiores, tales como el TC, SCJ y TSE.
Respecto a la Soberanía Popular
Con relación a este aspecto, la Soberanía Popular, como fuente principal del poder consignada en el artículo 2, es un concepto inoperante.
La naturaleza de la Soberanía popular se encuentra totalmente desvirtuada, puesto que los procesos electorales más recientes fueron completamente espurios y plagados de múltiples violaciones. Nuevo Diario.
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